¿No sabes qué debería tener la etiqueta de un suplemento alimenticio para su comercialización? En este blog te contaremos sobre los requerimientos necesarios para evitar ser sancionado y lograr una correcta distribución de aquellos productos a base de hierbas, extractos vegetales, adicionados o no, de vitaminas o minerales de acuerdo con Artículo 215 Fracción V de la Ley General de Salud.
De acuerdo con la legislación sanitaria vigente en México, se debe contar con un aviso de funcionamiento para su fabricación o comercialización con los productos y actividades que realiza. También será necesario un permiso para poder importar suplementos alimenticios a territorio nacional.
Dentro de la etiqueta deberá contar con la denominación de que es un suplemento alimenticio y evitar mencionar las propiedades preventivas, rehabilitadoras o terapéuticas para que los consumidores lo confundan con un medicamento. Y para evitar una posible confusión tampoco se podrá incluir imágenes de órganos o partes del cuerpo o que el nombre del producto haga referencia a un padecimiento.
Si el suplemento contiene formulación de hierbas, se deberá mencionar el nombre usual o común y el botánico. También tendrá que contar con leyendas como: “el consumo de este producto es responsabilidad de quien lo recomienda y de quien lo usa”. “Este producto no es un medicamento”.
La etiqueta tendrá que indicar la razón social y domicilio del fabricante importador, envasador, maquilador o distribuidor nacional o extranjero, así como el lote y fecha de caducidad, los cuales deben ser legibles. Y en caso de que el producto contenga algún tipo de ingrediente que represente un riesgo a la salud deberá declararse de forma visible.,
Si aún no sabes cómo regularizar la etiqueta de tu suplemento alimenticio o tienes dudas acerca de los permisos necesarios para su comercialización, en FIQA te podemos ayudar desde desarrollando la etiqueta hasta lograr su distribución en puntos de venta, contáctanos para más información.
Fuente: